- Juan Pablo Alvarado García
Personal de cárceles, el trabajo que pocos conocen
Desde el OIJ trascienden muchas cosas: se conoce de las labores importantes tanto en el ámbito de la investigación de delitos, en el tema de emisión de pericias científicas y el plano médico forense. Pero en medio de cada una de estas situaciones están cientos de personas que realizan otras labores, como los custodios de personas detenidas, de quienes muy poco se sabe a pesar de ser piezas clave dentro de la Institución.

Cuatro años antes de la creación del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) en 1973, la figura del custodio de detenidos ya existía dentro del Poder Judicial, bajo la dirección de la Oficina de Servicio de Cárceles y Citaciones que contaba apenas con 9 funcionarios. Posteriormente un año más tarde la Corte Suprema de Justicia, por moción de la Comisión de la Policía Técnica Judicial, decidió que esta oficina pasaría a formar parte de la que para ese momento era, la recientemente creada Policía Judicial.
“Actualmente los despachos encargados del traslado, custodia y contención de personas detenidas del Organismo de Investigación Judicial, está conformada por cuatrocientos treinta y seis hombres y mujeres distribuidas en 30 Secciones en todo el territorio nacional”, indicó Flavio Quesada Sánchez, Secretario General del OIJ.
En las celdas judiciales del país se trabajan las 24 horas del día y los siete días de la semana; no hay días feriados porque la delincuencia no tiene un horario. El mayor movimiento inicia a las 6:00 horas, cuando los funcionarios del turno de mañana entran a laborar para que los compañeros del horario de la noche vayan a sus casas a descansar; son jornadas de 12 horas y su función es de vital importancia para la Administración de Justicia.
Los días en las celdas son movidos. Desde las 5:00 de la mañana comienza el movimiento de quienes se encuentran recluidos en las celdas del OIJ, personas que han sido detenidas como sospechosas por la comisión de algún hecho delictivo y que deben permanecer en las celdas judiciales mientras se define su situación, o bien se encuentran detenidas en un Centro Penal a la orden del Ministerio de Justicia, pero que deben participar en actividades jurisdiccionales tales como juicios o audiencias en las que se requiere la presencialidad de estas.
Según disposición de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, el tiempo que estas personas pueden permanecer en las celdas judiciales no debe sobrepasar de 72 horas.

Según cuenta Mauricio Castillo Guillen, custodio de cárceles del I Circuito Judicial en San José, “Los compañeros salen a primera hora de la mañana hacia los diferentes Centro Penales del Ministerio de Justicia, para realizar el traslado de los privados de libertad hasta las salas de juicio o audiencia en los diferentes Edificios de los Tribunales de Justicia a nivel nacional; en muchas oportunidades sabemos la hora en que ingresamos, pero no a la que se va a salir de trabajar”.
Datos del Ministerio de Justicia y Paz (MSJ), señalan que la población penitenciaria en el país es de 14.853 personas, y según comenta Castillo, un 99% de los privados y privadas de libertad han tenido que pasar en alguna ocasión por las celdas transitorias del OIJ ubicadas en las diferentes sedes policiales.
Desde una flagrancia por conducción temeraria debido a conducir bajo los efectos del alcohol o influencia de sustancias psicotrópicas, hasta personas con un perfil delincuencial alto y que han sido sospechosos de cometer homicidios, robos agravados, conformar bandas de crimen organizado, etc., son reseñados en las celdas judiciales. Cabe mencionar que en el I y II Circuito Judicial de San José esta labor es realizada por personal del Archivo Criminal, mientras que en el resto del país le compete a las y los funcionarios de las Secciones de Cárceles.
“Ninguna persona en el país está exenta de tener que ser custodiada en las celdas judiciales, en mis 33 años de servicio he visto o me ha tocado custodiar a figuras públicas como modelos, jugadores de futbol, personalidades religiosas, grandes empresarios, así como funcionarios públicos e inclusive compañeros del Poder Judicial; el trato que debemos dar los custodios debe ser igualitario para todos los privados de libertad, nosotros no somos jueces para juzgar a las personas por los presuntos delitos que han cometido”, mencionó Mauricio Castillo.

Las labores que realizan los funcionarios de cárceles son un engranaje importante para la justicia, puede realizarse en diferentes lugares, ya sea en celdas, salas de juicio, edificaciones donde se realizan allanamientos e incluso en otras locaciones como aeropuertos o aeronaves en el que se debe custodiar personas detenidas que son transportadas en aviones a lo interno del país; estas funciones son primordiales para el Sistema de Administración de Justicia, esencial para que el Ministerio Público pueda cumplir su labor y vital para que la población del país sienta que sus conflictos tiene perspectiva de solución.
Para Armando Castillo Fallas, Subsecretario General del OIJ: “Dentro de la conceptualización integral de Administrar Justicia, resulta incuestionable el valor agregado, la importancia y el significado que implica la administración de las personas detenidas que, a solicitud de una Autoridad Judicial, permanecen bajo la responsabilidad del Organismo de Investigación Judicial y es aquí el rol que reviste la totalidad del personal custodio distribuido en las áreas de cárceles en todo el país junto con el soporte indispensable del área administrativa, ya que desde el abordaje inicial, su traslado, manutención en celdas, custodia y en general todo lo concerniente a su presentación ante las autoridades judiciales, forma parte de las acciones que, dentro del encuadre propio del respeto por los Derechos Humanos, el cumplimiento de los convenios internacionales y la definición y ejecución de protocolos técnicos, coadyuvan en la realización diaria de nuestra misión institucional y la satisfacción de un trabajo en equipo realizado con calidad, humanismo, responsabilidad y compromiso”.
Psicológicamente preparados
Los agentes de cárceles deben lidiar diariamente con los estados de ánimo fluctuantes de los internos, debido a que no se trabaja con cualquier tipo de ciudadano; se trata de personas que en su mayoría han cometido un delito catalogado como grave o tienen algún problema psiquiátrico.
Castillo Guillen comenta: “Hay privados de libertad que son educados, pero en algunas ocasiones hay que trabajar con sujetos complicados que no comprenden las reglas sociales básicas del comportamiento; se trata de individuos con un carácter violento hacia los custodios e incluso contra las mismas personas que se encuentran dentro de las celdas. En algunos casos el personal recibe escupas, improperios y hasta se les ha llegado a lanzar comida, orines y eses humanas. No es fácil controlar esa situación si no se tiene mucha psicología, mucha perspicacia y experiencia”.

La convivencia cercana, cotidiana y continua entre el funcionario y el privado de libertad hace de las celdas un ámbito parecido al doméstico, donde los internos dependen de alguna forma de los custodios para satisfacer sus demandas y necesidades, como lo es la alimentación, la hidratación y también suministrarles una colchoneta y cobija para que pasen la noche.
Esta relación estrecha con los internos puede ir convirtiéndose, y de hecho muchas veces lo hace, en una cuestión de "tutoría", alguien que se hace cargo de responder de mejor manera los reclamos y demandas del interno.
Mauren Pérez Araya, funcionaria de la Sección de Cárceles del I Circuito Judicial menciona que “Todos los privados de libertad tienen derecho a una defensa adecuada por un abogado y en algunas oportunidades las cargas de trabajo de los defensores públicos les dificultan realizar las visitas o bien los tiempos para explicar el procedimiento al detenido son muy cortos, por lo que nosotros los orientamos y les indicamos cuales podrían ser los panoramas que van a enfrentar.
No es un trabajo sencillo
La violencia, la inseguridad y el crimen ha venido en aumento en los últimos años, por esta razón el OIJ y los diferentes cuerpos policiales del país han redobla sus esfuerzos para desarticular a las bandas criminales y ponerlos a las órdenes de la autoridad judicial.
“Años atrás los juicios relacionados con el crimen organizado eran cortos y los imputados eran 4 o 5 personas; ahora son grupos más extensos de 10 hasta 30 personas que hay que custodiar en las audiencias y en muchas oportunidades se extienden por 12 horas en donde hay que permanecer de pie”, mencionó Castillo Guillen.

Es en estas ocasiones es en las cuales el trabajo de un custodio de detenidos debe proyectar un sentido de autoridad, debido a la peligrosidad que puede representar un imputado a la hora de conocer su sentencia, esto porque según el artículo 97 del Código Procesal Penal de Costa Rica establece que durante un juicio los privados de libertad deben permanecer sin las esposas o grilletes en sus manos.
“El imputado declarará siempre con libertad de movimiento, sin el uso de instrumentos de seguridad, salvo cuando sea absolutamente indispensable para evitar su fuga o daños a otras personas. Esta circunstancia se hará constar en el acta. Asimismo, declarará únicamente con la presencia de las personas autorizadas para asistir al acto o en público cuando la ley lo permita”.
En esos momentos el funcionario de cárceles tiene que tener la capacidad de tratar con individuos violentos y agresivos, a su vez debe de girar instrucciones de manera clara para tener el control de la situación, asimismo deben tener la capacidad de trabajar en equipo para evaluar situaciones; estar en capacidad de valorar circunstancias de manera precisa y oportuna, así como basarse ante cualquier situación en los protocolos establecidos.
Momentos que han marcado
Uno de los momentos complicados que ha experimentado Mauricio fue en el año 2002, cuando el hijo de un compañero del OIJ fue secuestrado y apareció fallecido días después en un embalse de una planta hidroeléctrica al oeste de la capital. “Recuerdo que se logró dar con los sospechosos de cometer el crimen, a mí me tocó custodiar a uno de los sujetos y en ese momento sentía ira porque mi hijo era de la misma edad (4 años); muchas cosas me pasaban por la cabeza… pero uno debe mantener la cordura y hacer velar los derechos de la persona detenida”.
Por su parte Mauren señala que los momentos que más la han marcado emocionalmente en sus 14 años como Custodia de Detenidos han sido cuando se ha visto vulnerado su lado maternal.
“Cuando ingresa una madre sospechosa de haber agredido a su hijo es muy duro para uno como mamá, no logro entender cómo le hacen daño a un niño que es indefenso y nosotras como mamás debemos velar por el bienestar y seguridad de nuestros hijos; también es duro ver como madres se tienen que alejar de sus pequeños por algún delito que cometieron y deben cumplir una condena”.

Certificación de calidad en el quehacer carcelario
Desde octubre del 2022 las Secciones de Cárceles de las Delegaciones Regionales de Heredia, San Ramón, Pérez Zeledón, Alajuela, la Unidad Regional de Garabito y las del II Circuito Judicial en San José cuentan con la certificación internacional de calidad que otorga la Asociación Americana de Correccionales (ACA, por su sigla en inglés), esto gracias a la cooperación del Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de la Oficina Internacional de Asistencia Antinarcóticos y Cumplimiento de la Ley (INL, por nuestras siglas en inglés).
Para obtener la acreditación por la ACA, las instituciones penitenciarias deben cumplir con 137 estándares en materia de protección, seguridad, orden, atención médica y nutrición, actividades y programas de reintegración, manejo y administración, así como justicia. Las instalaciones deben demostrar un cumplimiento continuo de dichos estándares durante un periodo determinado.